Abierta la inscripción para SEPyME 2015

El Ministerio de Industria abrió la convocatoria 2015 del programa Crédito Fiscal para Capacitación a través del cual las empresas pueden ampliar las aptitudes laborales de sus trabajadores en las áreas y temáticas que lo crean conveniente.

 

¿En qué consiste el programa de Crédito Fiscal para Capacitación?

 

Permite a las pymes obtener reintegros por sobre la inversión que realicen en la capacitación de sus recursos humanos, ya sea en actividades abiertas, dictadas en instituciones públicas o privadas; o cerradas, como cursos a medida de la empresa.

 

El beneficio se hace efectivo a través de la emisión de un certificado de Crédito Fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de impuestos nacionales.

 

El reintegro puede ser desde el 40% y alcanzar el 90% del monto de las actividades de capacitación si se cumplen con los requisitos de priorización: localización productiva de las empresas, actividad económica, tipo de actividad de capacitación, rango de facturación  y temáticas y destinatarios.

 

¿Cómo participar del programa?

 

1 – Presentación del proyecto

 

La empresa solicitante debe, una vez registrada, completar y enviar el formulario de proyecto de capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que contribuyan al cumplimiento de los mismos.

 

Descargue el Instructivo para Cargar Proyectos

 

2 – Evaluación del proyecto 

 

Si el proyecto fuera pre-aprobado, se le comunicará a la empresa los términos del mismo y se le solicitará la documentación respaldatoria. En caso de no ser pre-aprobado, se notificará la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación.

 

3 – Aprobación y ejecución de la capacitación 

 

Una vez pre-aprobado el proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el proyecto y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.

 

4 – Rendición de cuentas y reintegro 

 

Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas una vez que el proyecto se haya ejecutado, pagado  y publicado en el boletín oficial. Se deberá completar el formulario de rendición de cuentas y enviarlo en soporte papel acompañado de la documentación requerida para la rendición.

 

Reglamento 2015

 

Más información en: https://www.educacionit.com/sepyme

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.